"Después de haber examinado los nuevos elementos presentados a los veedores, desde el Gran Premio de Australia de 2009 de Fórmula Uno, se considera que el conductor del vehículo #1 Lewis Hamilton y el constructor Vodafone McLaren-Mercedes han actuado de una manera perjudicial para la realización del evento, proporcionando declaraciones y evidencias deliberadamente engañosas a los veedores en la reunión celebrada el Domingo 29 de marzo de 2009. Infringiendo el artículo 151C del código deportivo internacional."
"De conformidad con el artículo 158 del código deportivo internacional, el conductor #1 Lewis Hamilton y el constructor Vodafone McLaren-Mercedes están excluidos de la clasificación de la carrera por el Gran Premio de Australia 2009 y la clasificación se modificará en consecuencia."Hamilton admitió ante las cámaras de televisión que, después de que el hombre del Panasonic Toyota se saliese de pista en la curva 'Senna' y le adelantase, su equipo le ordenó dejarle pasar, a lo que accedió aminorando la marcha.
Sin embargo, los comisarios aseguraron que el británico nunca hizo referencia a la orden de McLaren-Mercedes durante la reunión que hubo tras la carrera en Melbourne, a la vez que comentó que no había reducido su velocidad para dejar pasar a Trulli.
Por su parte, y tras ser citados nuevamente, el italiano ha expresado que "la FIA quería oír de nuevo nuestros puntos de vista y eso sólo confirmó lo que sucedió en Australia porque yo no cambié mis declaraciones... Eso es todo. No sé qué les ha hecho cambiar de opinión, no conozco las evidencias o qué investigaron. No puedo comentar sobre el tema, pero estoy contento de haber conseguido mi posición por lo que hice en la pista".
"El final de la carrera fue polémico y fue difícil de entender, pero, una vez más, quiero dar las gracias a la FIA porque han tenido la fortaleza de reconsiderar el caso, usando evidencias nuevas y entendiendo lo que sucedió... Yo no mentí en ningún momento, siempre fui honesto en mis declaraciones y nunca las cambié" Cerró el hombre de Pescara.
A continuación los fragmentos citados por los comisarios:
CAPÍTULO XI
SANCIONES
151. Incumplimiento de normas:
Cualquiera de los siguientes delitos, además de los delitos específicos referidos anteriormente, se considerará una infracción a las normas:
...
c) Cualquier conducta fraudulenta o cualquier acto perjudicial para los intereses de cualquier competición o para los intereses del deporte automovilístico en general.
...
La pena privativa de la exclusión puede ser pronunciada por los comisarios en las condiciones previstas en el artículo 141. Así la persona sentenciada a ser excluida de tomar parte en una o varias competiciones. En todos los casos, la exclusión supondrá la pérdida de los derechos de inscripción que se acumularán a los organizadores.
El reglamento ha sido traducido para el entendimiento de quienes no tengan conocimientos en el idioma inglés, por lo que hay variaciones respecto de la versión original, pero sin modificar lo que ésta establece.